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Servicio de Atención al Cliente (SAC)
Servicio de Atención al Cliente (SAC)

reclamación

Actualizado esta semana

Qonto cuenta con un Servicio de Atención al Cliente (SAC) al que puedes dirigir tus reclamaciones o quejas en relación a los servicios prestados por nuestra entidad. Puedes dirigirte al SAC a través del correo electrónico habilitado o por correo postal, haciendo constar la siguiente información:

  • Nombre, apellidos, domicilio del interesado, y en su caso, de la persona que lo represente, debidamente acreditada; número del documento nacional de identidad para las personas físicas y datos referidos a registro público para las jurídicas.

  • Motivo de la queja o reclamación, con especificación clara de las cuestiones sobre las que solicita el pronunciamiento.

  • Departamento o servicio donde se hubieran producido los hechos objeto de la queja o reclamación.

  • Que el reclamante no tiene conocimiento de que la materia objeto de la queja o reclamación está siendo substanciada a través de un procedimiento administrativo.

  • Lugar, fecha y firma.

Vías habilitadas:

  • Correo electrónico: [email protected]

  • Dirección postal: Carrer de Pau Claris, 79, 08010 Barcelona

El Servicio de Atención al Cliente de Qonto dispone de un plazo máximo de 15 días hábiles para resolver las quejas y reclamaciones recibidas. En última instancia, si la respuesta no fuese satisfactoria o si transcurridos los plazos correspondientes no obtuviera respuesta, puede dirigirse al Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España (C/ Alcalá, 48 28014 Madrid). Qonto tiene a disposición de sus clientes un Reglamento de funcionamiento para la Defensa del Cliente adaptado a las exigencias de la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras. Normativa sobre Transparencia y Protección del cliente:

  • Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.

  • Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.

  • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

  • Circular 4/2020, de 26 de junio, del Banco de España, sobre publicidad de los productos y servicios bancarios.

  • Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.

☝️Al intervenir en calidad de profesional, no puedes acogerte al procedimiento de mediación.

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